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G
. Comprenden
erogaciones o causaciones de obligaciones ciertas no
recuperables efectuadas para adquirir los medios y recursos
necesarios en la realización de las actividades financieras,
económicas o sociales del ente público. Es la expresión
monetaria de los valores causados, pagados o consumidos como
resultado de erogaciones aplicadas en funcionamiento,
administración, operación y financiación, en desarrollo de
la actividad financiera, económica y social del ente
público, que además son susceptibles de disminuir el
patrimonio público. Ver también: estados financieros; cuenta del resultado económico - patrimonial;
principios contables; devengo; reconocimiento de un gasto.
Gastos con financiación afectada.
Véase ingresos predestinados; presupuesto;
principios presupuestarios; no afectación; principios contables;
desafectación.
Gastos presupuestarios . Ver también: gastos presupuestarios;
gasto corriente; gastos presupuestarios; gasto de capital; gastos presupuestarios;
gasto de inversión; presupuesto de gastos; presupuesto; principios presupuestarios.
Gastos presupuestarios
- gasto de capital (gastos de inversión). Son gastos de inversión aquellas erogaciones susceptibles de causar réditos o de ser de algún modo económicamente productivas, o que tengan cuerpo de bienes de utilización perdurable, llamados también de capital por oposición a los de funcionamiento, que se hayan destinado por lo común a extinguirse con su empleo. Asimismo, aquellos gastos destinados a crear infraestructura social. Ver también: activo fijo; gastos presupuestarios; gastos presupuestarios;
gasto de inversión.
Gastos presupuestarios.
gasto de inversión.
Véase: principios contables;
sustancia antes que forma; principios contables; requisitos de la información.
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